Inicio de trámite
Presencial
Costo
Con costo
Turno
Sin turno
Inicio de trámite
Presencial
Costo
Con costo
Turno
Sin turno
Para realizar el trámite, deberás:
Elementos que tendrás que presentar para realizar el trámite:
DNI del titular.
Acta de defunción.
Documentación que acredite el parentesco con la persona fallecida, mediante libreta de matrimonio expedida por el Registro Civil o partida de nacimiento.
Permiso de entrada del cementerio de destino.
Documentación adicional según el caso:
En caso de fallecimiento traumático, liberación del juez interviniente, tramitada ante la UFI correspondiente.
En caso de personas fallecidas menores de edad, deben presentarse ambos progenitores y firmar la conformidad.
Lugar
Horario
La familia debe contratar una unidad de traslado para efectuar el traslado al cementerio de destino.
El trámite suele resolverse en el día, siempre que la documentación esté completa y la unidad de traslado pueda presentarse en el horario habilitado.
Primero debés acercarte a la Administración con la documentación para consultar y verificar la autorización de salida.
Una vez aprobada la documentación, se confecciona la orden de salida.
El arancel se cobra por cada persona fallecida o restos trasladados, y el importe se actualiza bimestralmente.
Se puede abonar con tarjeta de débito, tarjeta de crédito o QR.No se acepta efectivo.
Normativa municipal vigente aplicable a derechos de cementerio
Acercate para consultar la salida y verificar la documentación necesaria.
Presentá lo indicado en documentación necesaria.
Si la documentación está correcta, coordiná la unidad de traslado para realizar el retiro.
Aboná el derecho correspondiente con los medios de pago habilitados.
Una vez confeccionada la orden de salida, se retira la persona fallecida o los restos para su traslado al cementerio de destino.
Acercate para consultar la salida y verificar la documentación necesaria.
Presentá lo indicado en documentación necesaria.
Si la documentación está correcta, coordiná la unidad de traslado para realizar el retiro.
Aboná el derecho correspondiente con los medios de pago habilitados.
Una vez confeccionada la orden de salida, se retira la persona fallecida o los restos para su traslado al cementerio de destino.