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Gestión del inmueble

Gestión del inmueble

Encontrá información para construir, reformar o regularizar una propiedad, realizar gestiones catastrales y solicitar turnos.

¿Necesitás orientación? Solicitá un turno

Cada gestión puede requerir la intervención de un área diferente. Si necesitás orientación, elegí el equipo correspondiente.

Turnos

Planeamiento urbano

Normativa, Código de Ordenamiento Urbano, expedientes e impacto urbanístico

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Aprobaciones

Permisos, planos, regularizaciones y conforme a obra

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Inspecciones

Consultas sobre inspecciones, controles y cumplimiento de la normativa vigente

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Catastro

Mensuras, planchetas, certificados y datos del inmueble

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Trámites y consultas de obras

Encontrá los requisitos para realizar gestiones de Obras y Catastro o informá una posible irregularidad en una construcción.

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Cambio de titularidad de un inmueble

El trámite permite actualizar los datos de una propiedad en los registros municipales. Es gratuito, se realiza por correo electrónico y no requiere turno.

PREGUNTAS FRECUENTES

  • Según la Ordenanza 21.961, las obras pueden realizarse:

    • Lunes a viernes: de 07:30 a 18 h
    • Sábados: de 8 a 13 h

    No está permitido realizar trabajos fuera de estos horarios.

  • Se debe solicitar cuando se quiera:

    • Construir un edificio nuevo
    • Ampliar, refaccionar o transformar lo ya construido
    • Cerrar, abrir o modificar vanos en la fachada principal
    • Elevar muros, cercar el frente o ejecutar aceras
    • Cambiar o refaccionar estructuras de techo
    • Ejecutar demoliciones
    • Realizar instalaciones mecánicas, eléctricas, técnicas o de inflamables
    • O en todos los casos incluidos en el Art. 2.1.1.1 del Código de Edificación

  • Se solicita para trabajos menores, como:

    • Colocar solados o cambiar revestimientos
    • Cambiar el material de la cubierta del techo (sin intervenir la estructura)
    • Ejecutar cielorrasos
    • Revocar cercas al frente
    • Refaccionar aceras
    • Realizar vanos en muros que no sean fachada principal
    • Limpieza o pintura de fachadas
    • Terraplenar o rellenar terrenos

    El plazo máximo para realizar estas tareas es de 30 días.
    Podés solicitar una prórroga desde el mismo trámite.

  • No requieren trámite previo:

    • Pintura interior
    • Renovación de carpintería o herrería
    • Revoques interiores
    • Servicio de limpieza
    • Colocación de vidriería

    La Dirección de Obras Particulares puede solicitar un permiso si el trabajo tiene mayor impacto o complejidad.

  • Estas tareas pueden hacerse con la sola firma del propietario, sin intervención de un profesional matriculado:

    • Cercas al frente o interiores
    • Veredas
    • Revoques
    • Cambios de revestimiento y solados
    • Cambio de material de cubierta de techos
    • Terraplenamiento y relleno sin muros de sostén
    • Colocación de vitrinas y toldos

  • Podés realizar una denuncia en casos como:

    • Obras clandestinas
    • Falta de cartel habilitante
    • Veredas obstruidas o en mal estado
    • Falta de protecciones hacia la vía pública o fincas linderas
    • Caída de material
    • Deterioro visible de un edificio

  • Depende de si la obra es visible desde la vía pública:

    • Si se observa desde la calle: enviá un mail a
    inspecciones.obrasparticulares@vicentelopez.gov.ar
    • Si no se ve desde la vía pública: deberás iniciar un expediente de inspección técnica de manera presencial.

  • No. Según la Ordenanza General 267/80, Cap. XII, las denuncias deben registrarse con identidad del denunciante, tanto si son escritas como si se realizan de manera verbal.

  • La conservación y mantenimiento de las aceras es responsabilidad del frentista.
    El Municipio controla que cumplan con las condiciones de seguridad y transitabilidad establecidas en el COU.

  • La forma de gestionarlo depende del tipo de propiedad donde se observa el problema:

    • Propiedades particulares: escribinos a inspecciones.obrasparticulares@vicentelopez.gov.ar.
    • Comercios o industrias: realizá el reclamo a través del 147 o desde la app VL147.

  • Si proviene de una obra lindera: contactá primero al profesional responsable de dicha obra.

    •Si no obtenés respuesta, podés iniciar una denuncia en la Municipalidad para que se realice una inspección técnica.
    •Si no proviene de una obra: deberás realizar una gestión por vía civil. 

  • • Altura máxima: 3,00 m
    • Altura mínima: 2,20 m

    Medido desde la cota del terreno natural.

  • En el COU, Sección 7 (Morfología de las Zonas) y Sección 11 (Plan Particularizado para el Área Ribereña).

  • Están detallados en la Sección 4 — Tejido y Volumetría (Título 4.3.8) del COU.

  • Podés acceder desde la sección Legislación del sitio municipal:
    https://legislacion.vicentelopez.gov.ar/digesto-digital/resultados/30929