De acuerdo con la Resolución 546 de la Secretaria de Planeamiento Obras y Servicios Públicos, a partir del 01/06/2020, se autoriza a la ejecución de tareas para eliminar el riesgo en obras particulares que contaban con permiso de construcción y que se encontraban en ejecución con anterioridad al ASPO y demuestren algún tipo de peligro tanto para transeúntes, para los predios linderos, vía pública o la misma obra por cuestiones propias del abandono de la estructura edilicia en ejecución. 

  • Las tareas autorizadas para la ejecución funcionarán de lunes a viernes de 9 a 16 hs. 
  • Los titulares de las obras deberán completar de manera online el formulario de declaración jurada obrante Aquí y aguardar la autorización para poder continuar las obras a fines de eliminar o evitar algún riesgo. 
  • La autorización será emitida por la Secretaría de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. La misma será comunicada a través de la dirección de correo electrónico fijada por el peticionante en el formulario. 
  • Las autorizaciones que se emitan quedarán supeditadas al estricto cumplimiento de los Protocolos Sanitarios y de funcionamiento en el sector construcción exigidos en la Resolución 154/2020 de la Provincia de Buenos Aires, en el anexo de la Resolución y sus futuras modificaciones. 

 

Sobre el protocolo 

  • Las personas alcanzadas deberán tramitar y portar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Covid-19, y/o   documento que la autoridad nacional, provincial o municipal dispongan en el futuro. 
  • Deberán contar con la constancia de trabajo extendida por el empleador con la especificación del domicilio donde se desarrolla la actividad, si correspondiere, y/o en su defecto la debida acreditación mediante documentación fehaciente en la cual se halle consignado el lugar de prestación de tareas, según corresponda. 
  • Los desplazamientos deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios aquí exceptuados. 
  • Se deberá priorizar al personal que viva en el sitio más cercano al lugar de la actividad. También, se deberán garantizar los modos de trabajo y de traslado en atención a la Disposición N°5/2020 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y en lo posible, se organizarán por turnos. 
  • Los desplazamientos deberán garantizarse a través de movilidad personal o de medios de trasporte privados habilitados, en cuyo caso no podrá trasladarse a más de una (1) persona por cada viaje y deberá situarse en la parte trasera del vehículo a fin de respetar la distancia social interpersonal de 1,5 metros. No se admite la utilización de medios de transporte públicos de pasajeros para el desarrollo de estas actividades. 
  • Los empleadores y/o profesionales darán cumplimiento a las disposiciones de la Resolución N°135/2020 del Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires. 
  • Confeccionarán, implementarán y garantizaran el estricto cumplimiento del “Protocolo de Seguridad y Salud en el Trabajo”, dispuesto en la Resolución Provincial N°135/2020, Resolución Provincial N°151/2020 y la normativa concordante, conforme a los procedimiento y especificaciones que requiere la actividad y que deberá actualizarse frente a eventuales normas modificatorias y/o ampliatorias que pudieran establecerse a futuro. 
  • Además, tendrán en consideración que, también resultan igualmente obligatorios los demás protocolos y disposiciones establecidos por la autoridad nacional, provincia y local, que resulten de la aplicación de la actividad. 

 

Sobre el procedimiento para realizar tareas por detección de riego en obras 

  1. Se debe completar el formulario. 
  2. Acreditar el peligro e individualizarlo. 
  3. Proponer el plan de trabajo de los operarios, medio de transporte, horario de trabajo y comidas. 
  4. La dirección de Obras Particulares (DOP) evaluará si la obra en su estado de paralización puede generar algún riesgo. 
  5. En caso de detectarse un riesgo se deberá elevar un informe técnico con material fotográfico del riesgo detectado, que deberá contener: 
    • Listado detallado de tareas a realizar. 
    • Plan de trabajo con fechas precisas. 
    • Cantidad de personal abocado a las tareas. 
    • Logística programada. 
  1. Luego la DOP se pondrá en contacto con la dirección de obra y evaluarán la urgencia y los trabajos a realizar. 
  2. Aquel que sea autorizado por la DOP deberá exhibir un cartel con el número especial de autorización.
  3. En caso de corresponder realizar tareas se deberán efectuar según lo informado en el Plan de trabajo presentado y una vez finalizadas las tareas deberá informar a la DOP aportando material fotográfico de los trabajos realizados al correo electrónico: inspecciones.obrasparticulares@vicentelopez.gov.ar 

Las obras en ejecución con destino unifamiliar y las que se encuentren en etapa de terminaciones que presentes características similares deberán estar deshabitadas para su consideración.