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Edicto

La Municipalidad de Vicente López, cita y emplaza por el término de diez (10) días hábiles a los propietarios y/o responsables del pago del Tributo por Alumbrado, Limpieza, Conservación de la Vía Pública y Servicios Varios y Contribución a la Protección Ciudadana de los inmuebles que se detallan en archivo adjunto, para que en dicho plazo hagan efectivo el pago de la deuda que poseen por los mencionados Tributos. Conforme lo previsto por el Artículo 51º de la Ordenanza Fiscal vigente, déjese constancia que:

a) El cobro de los gravámenes municipales con más los recargos y multas correspondientes será ejecutado por vía de

apremio, según las normas de la Ley 13.406.

b) En base al mencionado título ejecutivo se solicitará judicialmente el libramiento del pertinente mandamiento de intimación de pago y embargo, el que en su caso se hará efectivo sobre el bien inmueble deudor intimado.

c) Dictada la sentencia de trance y remate y -ante el incumplimiento del accionado- se procederá a la pública subasta del inmueble del deudor, para que, con su producido se cancele el crédito fiscal.

COORDINACIÓN DE GESTIÓN DE COBRANZAS, 13 de febrero de 2025.

FDO: Miguel Angel Alvarez. Secretario Hacienda y Finanzas

Decreto N° 3943/2024

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